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jueves, 14 de marzo de 2013

SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS RESPONDE RESPECTO DE LA DEUDA DE GRUPO LUKSIC CON CORFO

SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS RESPONDE RESPECTO DE LA DEUDA DE GRUPO LUKSIC CON CORFO

Durante el mes de junio de 2012, el señor Pascual Rojas Arias (representado por nuestra oficina legal), demandante en la causa Rol 8445-2011 que actualm...ente se tramita ante el 16º Juzgado Civil de Santiago, efectuó una presentación ante el Servicio de Impuestos Internos (SII) de Chile, solicitando se investigase los hechos tributarios de una deuda de US$ 4 millones de dólares que en 1979 la empresa Quiñenco contrajo con CORFO; deuda que hasta la fecha actual no figura cancelada. De igual forma la empresa estatal chilena CORFO no ha logrado acreditar que, respecto de aquella deuda contraída en 1979, actualmente se encuentra pagada y prescrita bajo las normas que dispone el Art. 200 del Código Tributario.

Mientras tanto, he aquí la contestación que, con fecha 12 de marzo de 2013, y luego de nueve meses de no haber dado respuesta oportuna, don JULIO PEREIRA GANDARILLAS, Director del SII emite a don Pascual Rojas Arias. En la misiva el señor Pereira -entre otros puntos- explica: "sin embargo, los antecedentes recibidos serán enviados a la Unidad correspondiente a la jurisdicción de las partes involucrados, para determinar los efectos tributarios a que haya lugar".

Coincidentemente, un par de días antes que el Director del Servicio de Impuestos Internos (SII) emitiera esta carta al Sr. Rojas, los abogados del Grupo Luksic -Cáceres & Asociados- solicitan al Juez del 16º Juzgado Civil de Santiago dicte sentencia en la mentada causa, pese a existir aún diligencias pendientes -y entre ellas- la exhibición de los documentos tributari

jueves, 24 de enero de 2013

CONTRADICCIONES EN EL GRUPO LUKSIC


  1. CONTRADICCIONES EN EL GRUPO LUKSIC


    Estimados Amigos: como recordarán, mi padre tiene desde el año 2011, tiene una demanda en contra de Quiñenco. En Agosto pasado, el abogado de Guillermo Luksic dijo que la empresa Quiñenco tenía apenas algo, así como el 28% de la participación social en MADECO S.A. Sin embargo, ahora en Economía y Negocios de El Mercurio, la empresa reconoce que hasta el martes pasado tuvo el 55% del capital accionario. 

    GRUPO LUKSIC DESMIENTE A ABOGADO CARLOS CÁCERES BURGOS

    En causa civil Rol 8445-2011, caratulada "Pascual Rojas con Quiñenco", y cuyos antecedentes se conocen en el 16º Juzgado Civil de Santiago, el abogado de Luksic (representando a Quiñenco S.A.) señor Carlos Cáceres Burgos expuso el 29 de Agosto del año pasado que la entidad Quiñenco era poseedora de aproximadamente del 28% de Madeco S.A.


    No obstante, y contradiciendo totalmente lo expresado en juicio civil por el señor Cáceres, en Economía y Negocios de Diario El Mercurio, la empresa Quiñenco reconoce haber tenido hasta el pasado martes, el 55% del capital social de Manufacturera de Cobre S.A. y que al día de ayer, Miércoles 23 de Enero de 2013. Adquirieron la propiedad del 8.9%, con lo cual a la fecha la empresa Quiñenco, es decir, el Grupo Luksic, posee el 64% de la participación accionaria.

viernes, 11 de enero de 2013

Respuesta del consejo de defensa del estado



Me llego respuesta del Consejo de Defensa del Estado , en la cual, que a raiz del juicio civil nº8445-11, seguido en el 16 juzgado civil de santiago, caratulado Rojas QuiñencoS.A. y Fisco de Chile, en vista de lo anterior expuesto y sin perjuicio de que se ha podido comprobar que sus requerimientos han sidos respondidos cabal y fundadamente, Ud. si lo estima pertinente puede hacer uso de la facultad comtemplada en el articulo 173 del codigo procesal penal que dispone textualmente "cualquier persona podra comunicar directamente al ministerio publico, el conocimiento que tuviere de la comision de un hecho que revistiere caracteristicas de delito"



jueves, 3 de enero de 2013

ENTREVISTA PASCUAL ROJAS ARIAS TORTURADO REGIMIENTO TACNA Y CASO MADECO EN 1974. PARTE3

ENTREVISTA PASCUAL ROJAS ARIAS TORTURADO REGIMIENTO TACNA Y CASO MADECO EN 1974. PARTE3
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ENTREVISTA PASCUAL ROJAS ARIAS TORTURADO REGIMIENTO TACNA Y CASO MADECO EN 1974. PARTE2

ENTREVISTA PASCUAL ROJAS ARIAS TORTURADO REGIMIENTO TACNA Y CASO MADECO EN 1974. PARTE2
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ENTREVISTA PASCUAL ROJAS ARIAS TORTURADO REGIMIENTO TACNA Y CASO MADECO EN 1974.. PARTE1

ENTREVISTA PASCUAL ROJAS ARIAS TORTURADO REGIMIENTO TACNA Y CASO MADECO EN 1974.. PARTE1
El señor Pascual Rojas recordó que en las casi tres oportunidades en que le ofrecieron integrar el grupo de agentes de la DINA, tal ofrecimiento se la hizo un tipo gordo que se hacía llamar "Raúl" (obviamente el Guatón Romo). Y cuando por tercera vez el señor Rojas rechazó tan generoso ofrecimiento el tal Raúl le gritó: "Te vas a arrepentir, conchetumadre!!!".


Semanas después, cerca del día 20 de noviembre de 1974 el señor Rojas fue detenido desde el interior de la Planta de Tubos de MADECO S.A., y llevado al Regimiento Tacna, donde le fueron aplicados electrodos en los genitales, y en otras partes del cuerpo, además de ser encapuchado para no reconocer a sus captores (aunque luego, al quitarle el capuchón, pudo divisar en el Tacna al tte. coronel, e interventor de Madeco, Jaime Deichler Guzmán). Recordemos que al señor Rojas lo torturan hasta que firma el documento en donde se autoimplica en el robo de matricería para armar la empresa TRENA, presunta competencia de Madeco).


Don Pascual Rojas recuerda que durante el interrogatorio, y quien dirigía la aplicación de corriente en su cuerpo y que le preguntaba sobre tecnología en Madeco, correspondía a un sujeto que hablaba con marcado acento brasileño, y aunque no lo podía ver, su voz era muy profunda, demostrando provenir de un sujeto muy fornido. Esto hace suponer perfectamente -lo que servirá para un análisis efectuado más adelante- que el Guatón Romo y el agente brasileño de la DINA se conocían, y de por qué terminaron los dos en Brasil
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viernes, 5 de octubre de 2012

CORFO, MADECO y un Juez del Crimen implicados en Crímenes y en Violaciones de DDHH


CORFO, MADECO y un Juez del Crimen implicados en Crímenes y en Violaciones de DDHH

LUEGO DE 36 AÑOS SE DESCUBRE LA VERDAD

CORFO, MADECO y un Juez del Crimen implicados en Crímenes y en Violaciones de DDHH

Transcurría el mes de noviembre de 1974 en MADECO, cuando –luego de cuatro años- el Estado devolvía el control operacional de la empresa a su Directorio, en un 41,63% en manos de privados extranjeros y del cual CORFO era el segundo mayor de sus accionistas con un 21,63% del capital social de MADECO. El grupo privado extranjero, representado principalmente por General Cable Corp., y CEAT International, había años antes ingresado a la compañía – en 1967- para elaborar conductores eléctricos y cables telefónicos, celebrando para ello un contrato de Asistencia Técnica que debía respetarse y que perduraría hasta 1982. Por otra parte, en noviembre de 1970, por caución solidaria CORFO-MADECO, se suscribe una Póliza de Seguro cuyo monto total era cercano a losUS$ 800.000 dólares, los que cubrían robos y/o incendios que pudiesen suceder dentro de la Planta de Tubos de MADECO; monto que de cobrarse beneficiaría a CORFO, en calidad de Acreedor Prendario de MADECO. En 1972 y 1973, respectivamente, durante la Unidad Popular, el Estado –por medio de CORFO- convino con el grupo extranjero en adquirir la totalidad de acciones que CEAT, Helleborus, General Cable y Maytree tenían en MADECO, equivalentes al 41,63% de capital social, con lo cual el grupo extranjero debía abandonar la sociedad –no pudiendo permanecer hasta 1982- y así CORFO tomaba el control total con el 63,26% de la empresa.

Tras el Pronunciamiento Militar, y acogiéndose MADECO a los decretos ley N° 88 de 1973 y N° 333 de 1974, la empresa quedó nuevamente en poder de los privados, pero con poca liquidez o escasa capacidad económica como para hacer frente a todos los desafíos futuros, de modo que parecía lógico que algunos ejecutivos de CORFO y MADECO pensaran en hacer uso de los fondos que pudiesen proveer los antiguos seguros contratados, uno de los cuales –como ya se dijo- había sido tomado en 1970 principalmente con “the Home Insurance Company”. Fue así que –cuidadosamente- planificaron la creación de una empresa que realizase trabajos paralelos a MADECO, a la que acusarían de robar piezas de vital importancia desde ésta última, con la finalidad de presentar cargos ante tribunales, obtener fallo o sentencia favorable, y así –con la causa fallada y ejecutoriada- presentarla ante las compañías aseguradoras y cobrar aquellas suculentas pólizas de seguro. La empresa a la que MADECO culparía, fue formada en mayo de 1974, y se llamó TRENA Limitada, siendo formada por el abogado don Jorge Guerrero Serrano y por don Kurt Brauner Marcus. Se emitieron órdenes de trabajo para con MADECO, y aprovechado que el ingeniero don Otto Reinard, y el Jefe de Turno de la Planta de Tubos de MADECO, don Pascual Rojas Arias, debieron necesariamente trabajar con el cliente en los procesos de trefilación de metales para la elaboración de antenas, objeto social de TRENA, el entonces Subgerente y Secretario General de la empresa, el abogado don Carlos Vicuña Fuentes, y el Gerente de Personal, don Jaime Deichler Guzmán, acusaron a estos dos trabajadores y a otros dos ex empleados, de ser los legítimos dueños y socios de TRENA, y de robar elementos de matricería y “pepas” desde MADECO para llevarlas a la industria paralela que ellos formaron, siendo los cuatro –por dichos supuestos delitos- detenidos por Policía de Investigaciones de Chile (PICH). Y en el caso de don Pascual Rojas Arias, previa a su detención por la PICH, fue sacado desde MADECO, mientras cumplía su turno, y llevado al Regimiento Tacna, donde luego de ser torturado se le obligó a firmar un documento en donde él se autoinculpaba de ser socio de TRENA y de estar robando material tecnológico desde MADECO.

Con fecha 28 de noviembre de 1974 el entonces Secretario General, don Carlos Vicuña, interpone querella criminal, en contra de don Pascual y sus otros tres compañeros, ante el Primer Juzgado del Crimen de San Miguel, quedando el expediente bajo el Rol N° 41.638 de aquel año. Las diligencias fueron conducidas por el Juez de dicho tribunal, don Rodolfo Abregó Diamantti (quien fue Juez Titular de dicho tribunal entre 1974 y el año 1983, para luego ser trasladado a la Corte de Apelaciones de la ciudad de Valdivia). Con la finalidad de otorgar un marco de seriedad y credibilidad a lo sucedido, CORFO y MADECO se contactaron con Diario El Mercurio donde, con fecha martes 10 de diciembre de ese año, describieron todos estos hechos, y cómo el Departamento de Seguridad Industrial del Regimiento Tacna, quien –según el señor Carlos Vicuña- tenía a cargo la seguridad de la Planta de Tubos, había notado la desaparición de piezas invaluables desde la empresa con destino la empresa TRENA.

El juicio se prolongó por más de tres años, hasta que con fecha 19 de julio de 1977 el juez Abregó dictó sentencia en contra de don Pascual Rojas, condenándolo a una pena de 541 días de prisión por su participación en la sociedad TRENA y en el robo de material de matricería desde MADECO. Extrañamente, dicho magistrado jamás citó a careo, a interrogatorio, ni jamás procesó al abogado fundador de TRENA, don Jorge Guerrero, como tampoco solicitó copia de las escrituras ni inscripción de dicha empresa, sino que su fallo se basó en presunciones, en “dimes y diretes”, perjudicando por cerca de 36 años al señor Rojas, ex Jefe de Turno de MADECO, quien sólo el día 14 de enero del presente año pudo obtener el sobreseimiento definitivo y la prescripción de los hechos. Con la dictación reciente de este sobreseimiento, se retrotraen todos los plazos al momento de la ejecutoria de esta sentencia, debiendo responder civilmente CORFO, MADECO y TRENA por estos hechos y reparar con celo el daño causado.

Pese a que la causa 41.638 de 1974 ha sido certificada y figura como extraviada, sin que jamás el tribunal o el Archivo Judicial de San Miguel hayan solicitado sumario por la pérdida de dicho importante material, aún así es posible reconstituir ciertos hechos. Cuando los cuatro trabajadores de MADECO fueron acusados injustamente de participar en estos ilícitos e injuriados por medio de Diario El Mercurio, un mes después, en enero de 1975 el abogado Jorge Guerrero Serrano, donKurt Brauner Marcus y su esposa May Kopeland Urrutia, legítimos dueños de TRENA, realizan un aporte de capital, pasando de los E° 500.000 escudos de mayo de 1974 a la suma de E° 12.000.000, sin que la empresa sufriera paralización alguna, incautación de cuentas, o la detención de sus socios. En efecto, TRENA LIMITADA, pese a que no figura con iniciación de actividades desde 2002, posee vigente su inscripción hasta el día de hoy- en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago (CBRS).

Meses después que la sentencia es dictada, a mediados de 1977, en contra del ex Jefe de Turno don Pascual Rojas, en MADECO se inician los trámites para el cobro de cuatro endosos correspondientes a la Póliza de Seguros, a favor de CORFO, bajo el nombre de “Incendio N° 75.392” con vigencia hasta el 15 de junio de 1980. En efecto, en febrero de 1978 por carta N° 1129, CORFO comunica al grupo extranjero, representado por CEAT INTERNATIONAL, que hará uso de su derecho de comprar el 41,63% de las acciones que ellos tienen en MADECO, removiéndolos definitivamente de la empresa. En mayo de 1979 CORFO reitera su intención y derecho de remover al grupo extranjero, por lo cual con fecha 16 de julio de 1979, don Héctor Humeres Noguer, Jefe del Departamento de Auditoría de MADECO, adjunta a CORFO, para su cobro, los originales de los Endosos de dicha póliza, todo por un monto de US$ 790.806 dólares. Dos meses después, con fecha 28 de septiembre de 1979, la empresa CEAT figura adquiriendo, en representación del grupo extranjero, el 21,63% que CORFO tenía en MADECO por un monto de US$ 4 millones; pero que en definitiva sólo se canceló la suma de US$ 800.000 dólares (cifra parecida a la otorgada a favor de CORFO por la póliza de seguro), quedando los restantes US$ 3.2 millones bajo la responsabilidad de don Andrónico Luksic Abaroa, quien en representación de Forestal QUIÑENCO S.A., debía cancelar el saldo insoluto en siete cuotas iguales con un 10% de interés anual, debiendo ser cancelada la última en 1985. Para asegurarse que el pago se realizara, CORFO prendó y gravó a su nombre el 51% de las acciones de MADECO, con prohibición de enajenarlas. Luego de renegociar la deuda con CORFO en 1982 y 1983, en el año 1985 todavía QUIÑENCO figuraba como moroso y sin que el pago inicial, aceptado por CEAT INTERNATIONAL, fuese cumplido.

Hasta la fecha, y pese a que el autor de este artículo ha buscado en documentos del Archivo Corfo –dentro del Archivo Nacional de Chile- así como ha solicitado directamente a CORFO copia fiel de las Resoluciones e Informes que certifiquen que QUIÑENCO canceló finalmente su deuda con dicha Corporación, dichas certificaciones –que debiesen públicas y fáciles de obtener- no han sido proporcionadas. Por otra parte, el abogado Jorge Guerrero Serrano (socio de TRENA), la Gerencia de MADECO, el señor José Francisco Pérez Mackenna (Gerente General de QUIÑENCO), Diario El Mercurio, CORFO y hasta el propio Ejército de Chile, han declinado efectuar comentarios sobre lo sucedido, ya sea para aclarar o desmentir la versión que en este artículo se publica. El señor Pascual Rojas, con toda esta documentación, dedujo – el pasado jueves 20 de abril- una Demanda Civil en contra de CORFO y de QUIÑENCO S.A., quedando dicha causa radicada en el 16° Juzgado Civil de Santiago, bajo el Rol N° 8445; siendo la abogada Ruzy Mitrovic quien lo representará en este libelo.

En conclusión podemos decir con responsabilidad que, el caso de los ilícitos cometidos en contra de don Pascual Rojas Arias, en complicidad con un Juez de la República e Chile, señor Rodolfo Abregó Diamantti –quien hoy es el Presidente de la Corte de Apelaciones de Valdivia- aparentemente obedecieron a un intento por cobrar pólizas de seguros contraídas en el pasado, aunque también demuestran actos que vulneran los convenios internacionales y las leyes nacionales –como la ley N° 20.405- en materia de Derechos Humanos. El Grupo QUIÑENCO pretende ser hoy un referente de empresa ejemplar, de hombres modelos a cargo de posibles proyectos relacionados, con Francia, en materia de Energía Nuclear, pero con un evidente “talón de Aquiles” en materia de DDHH, al cual debemos sumar el hecho que dicha aparente “empresa privada” no han podido demostrar –mediante documentos legalmente vertidos- que QUIÑENCO es realmente una empresa privada, y no una entidad títere controlada por CORFO, esto es, una mera empresa del Estado de Chile camuflada con “aires privados”. Por otro lado, MADECO S.A., controlada desde 1979 porQUIÑENCO, es una empresa que hasta la presente fecha es sindicada por el Ministerio Público de Chile como una entidad que actúa como reducidora de metales robados; la que sólo el año pasado adquirió “cobre robado” por un monto cercano a los US$ 20 millones, y que es materia hoy de investigación tanto en Fiscalía como en los tribunales chilenos.

La lección de este caso es simple: “no todo lo que brilla es Oro”.

viernes, 28 de septiembre de 2012

Luego de 36 años se descubre: Corfo, Madeco y un juez implicados en crímenes y violaciones de DDHH

Rodolfo J. Novakovic.*


Transcurría el mes de noviembre de 1974, cuando —luego de cuatro años— el Estado devolvía el control operacional de la empresa MADECO a su directorio, en un 41,63% en manos de privados extranjeros y del cual CORFO era el segundo mayor de sus accionistas con un 21,63% del capital social. El grupo privado extranjero, representado principalmente por General Cable Corp. y CEAT International, había ingresado a la compañía — en 1967— para elaborar conductores eléctricos y cables telefónicos, celebrando para ello un contrato de Asistencia Técnica que perduraría hasta 1982.
Por otra parte, en noviembre de 1970, por caución solidaria CORFO-MADECO, se suscribe una póliza de seguro cuyo monto total era cercano a los US$ 800.000 dólares, los que cubrían robos e incendios que pudiesen suceder dentro de la planta de tubos; monto que de cobrarse beneficiaría a CORFO en calidad de acreedor prendario.
Entre 1972 y 1973, durante el gobierno de la Unidad Popular, el Estado —por medio de CORFO— convino con el grupo extranjero en adquirir la totalidad de acciones que CEAT, Helleborus, General Cable y Maytree tenían en MADECO, equivalentes al 41,63% de capital social, con lo cual el grupo extranjero debía abandonar la sociedad —no pudiendo permanecer hasta 1982— y así CORFO tomaba el control total con el 63,26% de la empresa.
Tras el "pronunciamiento militar", y acogiéndose MADECO a los decretos ley N° 88 de 1973 y N° 333 de 1974, la empresa quedó nuevamente en poder de los privados, pero con poca liquidez y escasa capacidad económica como para hacer frente a todos los desafíos futuros, de modo que parecía lógico que algunos ejecutivos de CORFO y MADECO pensaran en hacer uso de los fondos que pudiesen proveer los antiguos seguros contratados, uno de los cuales —como ya se dijo— había sido tomado en 1970 principalmente con “the Home Insurance Company”.
Fue así que —cuidadosamente— planificaron la creación de una empresa que realizase trabajos paralelos a MADECO, a la que acusarían de robar piezas de vital importancia desde ésta última, con la finalidad de presentar cargos ante tribunales, obtener fallo o sentencia favorable, y así —con la causa fallada y ejecutoriada— presentarla ante las compañías aseguradoras y cobrar aquellas suculentas pólizas de seguro.
La empresa a la que MADECO culparía, fue formada en mayo de 1974, y se llamó TRENA Limitada, siendo formada por el abogado Jorge Guerrero Serrano y por Kurt Brauner Marcus. Se emitieron órdenes de trabajo para con MADECO, y aprovechado que el ingeniero Otto Reinard, y el jefe de turno de la Planta de Tubos, Pascual Rojas Arias, debieron necesariamente trabajar con el cliente en los procesos de trefilación de metales para la elaboración de antenas, objeto social de TRENA, el entonces subgerente y secretario general de la empresa, el abogado  Carlos Vicuña Fuentes, y el gerente de personal, Jaime Deichler Guzmán, acusaron a estos dos trabajadores y a otros dos ex empleados, de ser los legítimos dueños y socios de TRENA, y de robar elementos de matricería y “pepas” desde MADECO para llevarlas a la industria paralela que ellos formaron, siendo los cuatro —por dichos supuestos delitos— detenidos por Policía de Investigaciones de Chile (PICH).
En el caso de Pascual Rojas Arias, previa a su detención por la PICH, fue sacado desde MADECO, mientras cumplía su turno, y llevado al Regimiento Tacna, donde luego de ser torturado se le obligó a firmar un documento en donde él se autoinculpaba de ser socio de TRENA y de estar robando material tecnológico desde MADECO.
Con fecha 28 de noviembre de 1974 el entonces secretario general, Carlos Vicuña, interpone querella criminal en contra de Pascual Rojas y sus otros tres compañeros ante el Primer Juzgado del Crimen de San Miguel, quedando el expediente bajo el Rol N° 41.638 de aquel año. Las diligencias fueron conducidas por el juez de dicho tribunal, Rodolfo Abregó Diamantti (quien lo fuede entre 1974 y el año 1983, para luego ser trasladado a la Corte de Apelaciones de la ciudad de Valdivia). Con la finalidad de otorgar un marco de seriedad y credibilidad a lo sucedido, CORFO y MADECO se contactaron con El Mercurio donde, con fecha martes 10 de diciembre de ese año, describieron todos estos hechos, y cómo el Departamento de Seguridad Industrial del Regimiento Tacna, quien —según Vicuña— tenía a cargo la seguridad de la Planta de Tubos, había notado la desaparición de piezas invaluables con destino la empresa TRENA.
El proceso se prolongó por más de tres años, hasta que el 19 de julio de 1977 el juez Abregó dictó sentencia en contra de Pascual Rojas, condenándolo a una pena de 541 días de prisión por su participación en la sociedad TRENA y en el robo de material de matricería desde MADECO. Extrañamente, dicho magistrado jamás citó a careo, a interrogatorio, ni jamás procesó al abogado fundador de TRENA, don Jorge Guerrero, como tampoco solicitó copia de las escrituras ni inscripción de dicha empresa, sino que su fallo se basó en presunciones, en “dimes y diretes”, perjudicando por cerca de 36 años al señor Rojas, ex Jefe de Turno de MADECO, quien sólo el día 14 de enero del presente año pudo obtener el sobreseimiento definitivo y la prescripción de los hechos.
Con la dictación reciente de este sobreseimiento, se retrotraen todos los plazos al momento de la ejecutoria de esta sentencia, debiendo responder civilmente CORFO, MADECO y TRENA por estos hechos y reparar el daño causado.
Pese a que la causa 41.638 de 1974 ha sido certificada y figura como extraviada, sin que jamás el tribunal o el archivo judicial de San Miguel hayan solicitado sumario por la pérdida de dicho importante material, aún así es posible reconstituir ciertos hechos.
Cuando los cuatro trabajadores de MADECO fueron acusados injustamente de participar en estos ilícitos e injuriados por El Mercurio, un mes después, en enero de 1975, el abogado Jorge Guerrero Serrano, Kurt Brauner Marcus y su esposa May Kopeland Urrutia, legítimos dueños de TRENA, realizan un aporte de capital, pasando de los E° 500.000 escudos de mayo de 1974 a la suma de E° 12.000.000, sin que la empresa sufriera paralización alguna, incautación de cuentas, o la detención de sus socios.
En efecto, TRENA LIMITADA, pese a que no figura con iniciación de actividades desde 2002, posee vigente su inscripción hasta el día de hoy— en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago (CBRS).

Meses después de que la sentencia fuera dictada a mediados de 1977 en contra del ex jefe de turno Pascual Rojas, en MADECO se inician los trámites para el cobro de cuatro endosos correspondientes a la Póliza de Seguros, a favor de CORFO, bajo el nombre de “Incendio N° 75.392” con vigencia hasta el 15 de junio de 1980.

En febrero de 1978 por carta N° 1129, CORFO comunica al grupo extranjero, representado por CEAT INTERNATIONAL, que hará uso de su derecho de comprar el 41,63% de las acciones que ellos tienen en MADECO, removiéndolos definitivamente de la empresa. En mayo de 1979 CORFO reitera su intención y derecho de remover al grupo extranjero, por lo cual con fecha 16 de julio de 1979, Héctor Humeres Noguer, jefe del Departamento de Auditoría de MADECO, adjunta a CORFO, para su cobro, los originales de los Endosos de dicha póliza, todo por un monto de US$ 790.806 dólares.
Dos meses después, con fecha 28 de septiembre de 1979, la empresa CEAT figura adquiriendo, en representación del grupo extranjero, el 21,63% que CORFO tenía en MADECO por un monto de US$ 4 millones; pero que en definitiva sólo se canceló la suma de US$ 800.000 dólares (cifra parecida a la otorgada a favor de CORFO por la póliza de seguro), quedando los restantes US$ 3.2 millones bajo la responsabilidad de don Andrónico Luksic Abaroa, quien en representación de Forestal Quiñenco S.A., debía cancelar el saldo insoluto en siete cuotas iguales con un 10% de interés anual, debiendo ser cancelada la última en 1985.
Para asegurarse que el pago se realizara, CORFO prendó y gravó a su nombre el 51% de las acciones de MADECO, con prohibición de enajenarlas. Luego de renegociar la deuda con CORFO en 1982 y 1983, en el año 1985 todavía Quiñenco figuraba como moroso y sin que el pago inicial, aceptado por CEAT INTERNATIONAL, fuese cumplido.
Hasta la fecha, y pese a que el autor de este artículo ha buscado en documentos del Archivo Corfo —dentro del Archivo Nacional de Chile— así como solicitado directamente a CORFO copia fiel de las resoluciones e informes que certifiquen que Quiñenco canceló finalmente su deuda, dichas certificaciones —que debiesen públicas y fáciles de obtener— no han sido proporcionadas.
Por otra parte el abogado Jorge Guerrero Serrano (socio de TRENA), la gerencia de MADECO, el señor José Francisco Pérez Mackenna (Gerente General de Quiñenco), Diario El Mercurio, CORFO y hasta el propio Ejército de Chile, han declinado efectuar comentarios sobre lo sucedido, ya sea para aclarar o desmentir la versión que en este artículo se publica.
Pascual Rojas, con toda esta documentación, dedujo — el pasado jueves 20 de abril— una demanda divil en contra de CORFO y de Quiñenco S.A., quedando dicha causa radicada en el 16° Juzgado Civil de Santiago, bajo el Rol N° 8445; siendo la abogada Ruzy Mitrovic quien lo represente en este libelo.
En conclusión podemos decir con responsabilidad que, el caso de los ilícitos cometidos en contra de Pascual Rojas Arias, con la complicidad de un juez de la República, —señor Abregó, quien hoy preside la Corte de Apelaciones de Valdivia— aparentemente obedecieron a un intento por cobrar pólizas de seguros contraídas en el pasado, aunque también demuestran actos que vulneran los convenios internacionales y las leyes nacionales —como la ley N° 20.405— en materia de Derechos Humanos.
El Grupo Quiñenco pretende ser hoy un referente de empresa ejemplar, de hombres modelos a cargo de posibles proyectos relacionados, con Francia, en materia de Energía Nuclear, pero con un evidente “talón de Aquiles” en materia de DDHH, al cual debemos sumar el hecho que dicha aparente “empresa privada” no han podido demostrar —mediante documentos legalmente vertidos— que Quiñenco es realmente una empresa privada, y no una entidad títere controlada por CORFO, esto es, una mera empresa del Estado de Chile camuflada con “aires privados”.
Por otro lado, MADECO S.A. controlada por Quiñenco es una empresa que hasta la presente fecha es sindicada por el Ministerio Público de Chile como una entidad que actúa como reducidora de metales robados; la que sólo el año pasado adquirió “cobre robado” por un monto cercano a los US$ 20 millones, y que es materia hoy de investigación tanto en Fiscalía como en los tribunales chilenos.
La lección de este caso es simple: no todo lo que brilla es oro (ni cobre)
* Ingeniero físico, investigador y consultor.

jueves, 27 de septiembre de 2012

CASO PASCUAL ROJAS Y EL AGENTE DE "COLONIA DIGNIDAD"

CASO PASCUAL ROJAS Y EL AGENTE DE "COLONIA DIGNIDAD"



El siguiente texto, así como las fotografías y documentos que aquí serán mencionados -respecto del caso del señor Pascual Rojas- fueron puestos en conocimiento de las siguientes personas: Claudio Fierro M., abogado del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH); Karla Rubilar Barahona, médico, Diputada de la República de Chile y presidenta de la Comisión de Salud de dicha cámara baja; Hugo Gutiérrez Gálvez, abogado, diputado del Partido Comunista de Chile y miembro de la Comisión de DDHH de la cámara de diputados; Boris Paredes Bustos, abogado y ex integrante del Programa de DDHH del Ministerio del Interior; Catalina Lagos T., abogada y funcionaria del Programa de DDHH del Ministerio del Interior; P. Rodriguez, secretaria del Conglomerado Quiñenco S.A. del Grupo Luksic; Fundación Dialoga, entidad dirigida por la ex Presidenta de la República de Chile, doña Verónica Michelle Bachelet Jeria; y Tomas Moscciatti Olivieri, abogado y director de Radio Bío Bío.

Ver artículo publicado en Sur y Sur: http://www.surysur.net/?q=node/16116
Hace una semana y media estuve entrevistando a don Pascual Rojas Arias (torturado en el Regimiento Tacna), con la finalidad que me pudiese aportar nuevos detalles respecto de su detención desde MADECO S.A., en 1974. La semana pasada encontré además los Decretos, fechados 3 de agosto de 1979, de remoción del cargo de don Pascual desde la Comuna de Pudahuel (por causal de sus papeles de Antecedentes "manchados" por el caso de Madeco), decretos firmados por el general Pinochet y por el Ministro del Interior de ese entonces, Sergio Fernández. Lo que se narra seguidamente es increíble:

1.- ENTRADA EN ESCENA DEL COMANDANTE "RAÚL", EL ALIAS DE OSVALDO ROMO

Don Pascual Rojas Arias recuerda que, luego del Golpe Militar, estaba de Secretario General el señor CARLOS VICUÑA FUENTES (de quien ya se publicó en SyS) y de interventor el militar, teniente coronel, JAIME SERGIO DEICHLER GUZMÁN, quien -para determinar aquellos funcionarios que pudiesen estar usando maquinaria de Madeco para elaborar vehículos blindados orugas y robar metales- incorporó a la empresa a Osvaldo Romo Mena, alias el "comandante Raúl", a quien don Pascual Rojas no conocía.

El señor Pascual Rojas recordó que en las casi tres oportunidades en que le ofrecieron integrar el grupo de agentes de la DINA, tal ofrecimiento se la hizo un tipo gordo que se hacía llamar "Raúl" (obviamente el Guatón Romo). Y cuando por tercera vez el señor Rojas rechazó tan generoso ofrecimiento el tal Raúl le gritó: "Te vas a arrepentir, conchetumadre!!!”. Semanas después, cerca del día 20 de noviembre de 1974 el señor Rojas fue detenido desde el interior de la Planta de Tubos de MADECO S.A., y llevado al Regimiento Tacna, donde le fueron aplicados electrodos en los genitales, y en otras partes del cuerpo, además de ser encapuchado para no reconocer a sus captores (aunque luego, al quitarle el capuchón, pudo divisar en el Tacna al tte. coronel, e interventor de Madeco, Jaime Deichler Guzmán). Recordemos que al señor Rojas lo torturan hasta que firma el documento en donde se autoimplica en el robo de matricería para armar la empresa TRENA, presunta competencia de Madeco). Don Pascual Rojas recuerda que durante el interrogatorio, y quien dirigía la aplicación de corriente en su cuerpo y que le preguntaba sobre tecnología en Madeco, correspondía a un sujeto que hablaba con marcado acento brasileño, y aunque no lo podía ver, su voz era muy profunda, demostrando provenir de un sujeto muy fornido. Esto hace suponer perfectamente -lo que servirá para un análisis efectuado más adelante- que el Guatón Romo y el agente brasileño de la DINA se conocían, y de por qué terminaron los dos en Brasil.

Como paréntesis, es conveniente destacar que, pese a que en 1977 -como ya se dijo en los artículos publicados en SyS- el señor Rojas fue condenado a 541 días, el coronel de Ejército, Juan Augusto Deichler Guzmán (hermano del interventor de Madeco, Jaime Deichler, y amigo del Guatón Romo) le ofreció trabajo a don Pascual en la Municipalidad de Pudahuel, donde Juan Deichler Guzmán había sido nombrado alcalde de dicha comuna. Fue así que, el señor Rojas fue nombrado, por Decreto Alcaldicio N° 361 del 1° de junio de 1977, como Auxiliar en Servicios Generales de dicha municipalidad, con grado 25° EUS, siendo removido de su cargo, en julio de 1979 por el entonces alcalde de Pudahuel, Tte. Coronel Patricio Muñoz Vargas. La remoción se realiza porque el nuevo alcalde descubre que el señor Rojas tiene antecedentes penales, por la causa de MADECO S.A. El Decreto por el cual don Pascual Rojas fue removido de dicha entidad municipal corresponde al Decreto Supremo N° 825 del 3 de agosto de 1979, el cual es firmado por Pinochet, como Presidente de la República, y por el Ministro del Interior, Sergio Fernández Fernández.

2.- EL BRASILEÑO DE COLONIA DIGNIDAD

Volviendo al momento de la detención y tortura, ocurrida por cerca de 5 días en el Tacna, cuando el señor Rojas quiso saber sobre por qué un brasileño estaba participando en aquella tortura (pues le llamó la atención aquella presencia), otro chileno lo golpeó fuertemente por aquella osadía de preguntar. Es preciso recordar que en declaraciones vertidas por el ex agente de la DINA, Samuel Fuenzalida, comentó que en aquellos años la DINA tenía sólo cuatro agentes brasileños, uno de los cuales tenía residencia en Concepción y trabajaba para Colonia Dignidad en las torturas en que aplicaba electricidad a los detenidos (similar a lo sucedido en el caso de don Pascual Rojas en el Regimiento Tacna). Este agente brasileño de Colonia Dignidad era muy corpulento, de voz profunda, y su altura era algo más de 1.90 metros, lo cual podría significar que dicho ciudadano brasileño fue quien torturó con electricidad a don Pascual Rojas. Dicho brasileño era ya conocido en la Universidad de Concepción, mucho antes del Golpe, porque supuestamente estudiaba Sociología en aquella casa de estudios, y además era un activo militante del MIR (Movimiento Izquierda Revolucionario). Su nombre era CARLOS GALEAO CAMACHO MATOS, abogado en Brasil, y ex Oficial del Ejército de Brasil. Además de su trabajo permanente en Colonia Dignidad, tenía su lugar de operaciones -aunque no se sabe el por qué- en la ciudad de Coronel, donde se asentó hacia 1974, puesto antes del Golpe tenía su residencia en el Hotel El Araucano. Cuando se muda a Coronel (conocido en dicha zona porque vestía muy elegantemente y utilizaba autos de última generación) este agente de la DINA de origen brasileño se enamoró perdidamente de una muchacha de alrededor de 28 años, cuyo nombre sería Erna del Carmen Cerpa Parra, quien vivía en calle Balmaceda en Coronel. Luego de un pololeo de sólo 23 días, y de muchas invitaciones que el brasileño le hiciese a los restaurantes mas elegantes de Concepción, la joven Erna Cerpa accede a la petición de matrimonio que le hizo Camacho, y se casan el 30 de julio de 1975. En 1976 nacería el único hijo de ambos.
Imagen Nº1: Certificado de Matrimonio, celebrado en la ciudad de Concepción con fecha 30 de julio de 1975 entre el brasileño Carlos Camacho Matos, Carné Identidad chileno N° 6.364.148-0, nacido el 2 de mayo de 1942, y doña Erna Cerpa Parra, nacida el 5 de enero 1945.

Carlos Camacho Matos se mueve desde Coronel hacia la ciudad de Santiago, teniendo como lugar de residencia inicial el de Avda. Providencia 2553, trasladándose a una gran casa, luego, en Las Condes. Carlos Camacho se instala con una Empresa Elaboradora de Alimentos y todo parecía estar perfecto para la pareja. Más, el hecho que Carlos Camacho se casara y viviese una vida normal pareció disgustar a algunos, sobre todo en Colonia Dignidad, de manera que un día fue detenido y torturado, tras lo cual huyó a Lisboa, llevando consigo a su esposa e hijo. Luego de dos años y tres meses de huidas por Europa (Portugal, Francia, España y Mozambique) el brasileño, tras ser seguido en esos países, abandona a su esposa quien debe por sus propios medios regresar a Coronel (donde hasta la fecha presuntamente sigue viviendo) y él se refugia en Brasil, en un pequeño pueblo localizado a unos 100 kms. de Rio de Janeiro, donde logra ubicarlo en 1992 el periodista de Canal 13, Pablo Honorato. ¿Por qué lo entrevista Pablo Honorato? Porque fue Carlos Camacho Matos, el ex agente de la DINA y de Colonia Dignidad, quien logra dar con el paradero de Osvaldo Romo Mena, este último refugiado con una falsa identidad en el Brasil desde 1979. Camacho lo denuncia a la policía y colabora con su entrega, siendo el "guatón Romo" luego deportado a Chile en aquel año de 1992, por la jueza del 3er Juzgado del Crimen, doña Gloria Olivares. Más, de Carlos Camacho no se vuelve a saber, hasta que el periodista de Concepción, CARLOS EDUARDO BASSO PRIETO, en su libro "El Ultimo Secreto de Colonia Dignidad" dice que se habría dado con la ubicación de Carlos Galeao Camacho en 1998, como uno de los importantes dirigentes del Partido Verde de Sao Paulo.

Respecto a Osvaldo Romo, el investigador Arístides Chamorro Rivas en su sitio web “centros chilenos”, dice que el ex agente de la DINA se habría refugiado por 17 años en la ciudad Brasileña de Mogi Guacu, situada a unos 150 kilómetros de Sao Paulo. Este agente habría sido enviado a dicha localidad, ayudado por personal de seguridad de Gobierno Militar de Chile, para evitar que declarase en procesos en los que estaba citado ya en el año 1975. El Guatón Romo vivía en Mogi Guacu junto con su esposa, Raquel González y sus cinco hijos, todos con documentación falsa. Primero se vinculó al partido de los trabajadores de esa ciudad, Alceu Kemp, incluso reorganizando el Partido Comunista local, para luego vincularse políticamente a sectores con mayores recursos económicos, tal como el Movimiento Democrático Brasileño. En efecto, en 1986, cuando Carlos Bueno es elegido como alcalde de Mogi Guacu, se lleva a Osvaldo Romo como asesor donde es nombrado como Oficial de Gabinete, y dictando clases de Seguridad Industrial en Senai, jubilándose como profesor –por problemas de salud- en el año 1991. Tras su detención por personal de Interpol, sucedida el 29 de julio de 1992 es extraditado a Chile el 16 de noviembre de ese año.

3.- ¿CARLOS CAMACHO BAJO EL DISFRAZ DE CLÉRIGO?

Siguiendo con el relato del periodista, e investigador de Colonia Dignidad, él dice que el ex agente se habría transformado en dirigente político del Partido Verde. Sin embargo, en la última reunión de los miembros del Partido Verde, llevada a cabo el año pasado, 2010, en Sao Paulo, aparece (ver documento adjunto) que el Presidente de aquel partido es, en efecto, un tal Carlos Galeao Camacho, pero, quien aparece con vestimenta de sacerdote. ¿Será esto cierto, o bien es sólo un alcance de nombres, o una desinformación del periodista Carlos Basso?. El Presidente del Partido Verde tiene dirección actual en Avda. Reboucas N° 1700, Sao Paulo, casa que antes habría sido del famoso editor Waldemar Marchetti.
Imagen Nº2: mapa que muestra la ciudad de Mogi Guacu, donde el ex agente DINA, Osvaldo Romo Mena se refugió desde 1979 hasta el año 1992, cuando fue denunciado por el ex agente brasileño de la DINA y de Colonia Dignidad, Carlos Camacho Matos (imágen tomada de "Inmigrantes Italianos" en el Brasil).



Imagen Nº3: Fotografía obtenida por software Google 3D, en la que se observa la casa ubicada en Avenida Reboucas Nº 1700, utilizada por el Presidente del Partido Verde, en Sao Paulo, don Carlos Galeao Camacho. ¿Será este mismo sujeto, el Carlos Galeao Camacho Matos, quien en noviembre de 1974 participó en la tortura de don Pascual Rojas Arias, en el Regimiento Tacna?

4.- REQUERIMIENTOS

Para lograr establecer todas estas vinculaciones, seria menester obtener mayores datos sobre los documentos que obran en poder de abogados de izquierda, del Programa de DDHH, del Instituto de DDHH (bajo la nueva ley 20.405) o de personas de la policía de Brasil, con la finalidad de saber mayores detalles sobre la circunstancias y personas que participaron cuando fue capturado Osvaldo Romo Mena, cuál fue el nombre de pila que usó, con quiénes se relacionó entre 1975 y 1992 cuando fue extraditado; etc. Del mismo modo es necesario saber si el personaje de la foto (vestido como sacerdote) corresponde al verdadero Carlos Galeao Camacho, ex agente de la DINA, o bien si es un alcance de nombre, o bien a una invención o elucubración del periodista Carlos Basso con su libro "El Ultimo Secreto de Colonia Dignidad".

5.- ADDENDUM

Es obvio que la información que aquí proporciono habla por si sola. Pero como "añadido" de las "arduas investigaciones realizadas por la Concertación", comento que, con fecha 29 de octubre de 2008, doña ANA MARIA MOLINA AGUILA, Jefa del Área Social de la Presidencia de la República de ese entonces, a nombre de doña Michelle Bachelet, firma una carta con membrete de la Presidencia de la República, donde el informa al señor Pascual Rojas que él no puede acceder a beneficio alguno de la ley 19.992 porque "los beneficiarios de esa ley eran todas aquellas personas que sufrieron directamente la prisión o tortura" (como si don Pascual no hubiese sufrido apremios); y más adelante señala "que en su caso particular la Comisión no logró convicción de lo planteado por usted" (como si don Pascual estuviese inventando los hechos); y que "cualquier excepción atenta contra la igualdad". ¿Qué les parece esta respuesta de la representante de doña Bachelet? Para dicha señorita, y para aquella entidad y Comisión, la tortura y apremio experimentado por el señor Rojas, que se tradujo en un posterior juicio criminal que sólo fue sobreseido este año 2011, fue casi etéreo, subliminal y no comprobable..... Ello les demuestra lo que he expuesto en mis artículos anteriores, que las entidades del Gobierno de Chile no saben investigar profesionalmente, y que han hecho caso omiso del sufrimiento y penalidades de quienes -como en el caso del señor Rojas- se negaron a formar parte del grupo represivo de aquella época, y que en lugar de ser premiados por los Gobiernos de la Concertación y ahora por el Gobierno de Piñera, no hacen más que ahondar en el desamparo que sienten estas personas.
Imagen N°6: carta que la Presidencia de la República, enviada en tiempos de Bachelet, le enviase a don Pascual Rojas Arias, indicando que la Comisión no logró ser convencida de lo planteado por él, sin que aquella “comisión” realizase una real investigación, como la que en este y otros resúmenes se presentan.

Por último, y como conclusión mía, sostengo que es relativamente fácil llevar a juicio, en Chile o en Italia o Francia, a un militar viejo y abandonado por el Ejército (como el caso Podlech), pero hay que tener "pelotas", "reales cojones", y ser realmente hombre, para atacar y atreverse a enjuiciar al Grupo Luksic, quien como en el caso de MADECO S.A., perpetró delitos contra los DDHH de don Pascual Rojas Arias, y que dado que la causa quedó recién sobreseida ahora en 2011, dicha empresa, controlada por Quiñenco S.A. debe responder criminal y civilmente por sus acciones y delitos contra los DDHH, los cuales no pueden ser amnistiados, ni prescribirse. Es de esperar que las entidades de DDHH, actúen en forma proactiva, y que el caso del señor Pascual Rojas no sea otro de los tantos "casos Karadima" en que las autoridades se hacen "los suecos" y desechan las denuncias y evidencias.

Imagen Nº7: Carlos Galeao Camacho (primero a la izquierda), afiliado al Partido Verde (PV) en Sao Paulo.



Imagen Nº8: Carlos Galeao Camacho (vestido de clérigo), Presidente del Partido Verde de la ciudad de Sao Paulo.